El gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador presentó un decreto para la creación del Centro de Logística para la Distribución y Transporte de Petrolíferos, que será un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía (Sener) dotado de autonomía técnica, operativa y de gestión.
Este Centro tendrá por objeto “establecer, implementar y en su caso ejecutar las estrategias y acciones de fomento para la realización de las actividades de distribución, transporte y almacenamiento de petrolíferos y otros servicios relacionados, a fin de asegurar y vigilar el adecuado suministro y abasto de los mismos en el territorio nacional”, de acuerdo con el documento publicado por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer)
Para cumplir con dicho objeto, el Centro tendrá como atribuciones establecer, coordinar, supervisar, dirigir y ejecutar estrategias operativas y de logística para la prestación eficiente de los servicios relacionados con su objeto; implementar y supervisar sistemas de medición de flujo, calidad y control automatizado que se requieran, así como vigilar y evaluar el desempeño en la administración y operación de los almacenes y control de inventarios; coordinar y supervisar la medición, control y participación volumétrica de los petrolíferos recibidos y entregados.
Asimismo, establecer estrategias y directrices de confiabilidad operacional de la infraestructura de almacenamiento, despacho y de gestión del mantenimiento respectivo, así como su ejecución, evaluación y cumplimiento; administrar la planeación, evaluación y desarrollo de las actividades relacionadas con su objeto y gestionar y en su caso celebrar los actos jurídicos relacionados directa o indirectamente con su objeto.
Entregar a la Sener informes periódicos relativos a las actividades relacionadas con su objeto, así como informes de carácter extraordinario que la propia Secretaría le solicite; establecer mecanismos de coordinación para la atención de posibles contingencias y emergencias derivadas de la ejecución de las actividades relacionadas con su objeto y supervisar la aplicación de las estrategias, directrices, políticas, normas, planes, programas, procedimientos y sistemas de seguridad, salud en el trabajo, protección ambiental y estándares de desarrollo sustentable aplicables en sus instalaciones y servicios prestados, y en su caso proponer acciones de mejora.
Cabe destacar que el Centro contará con un Director General, quien será nombrado y removido por el Presidente de la República, a propuesta de titular de la Secretaría de Energía. Además, será auxiliado por los servidores públicos que se determinen en el Manual de Organización que expida el titular de la Secretaría de Energía, de conformidad con las estructuras orgánica y ocupacional que autoricen la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública.