La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) emitió las nuevas reglas para ajustar el valor de los hidrocarburos extraídos por Petróleos Mexicanos (Pemex), aplicables al cálculo del Derecho Petrolero para el Bienestar, vigente desde el 19 de marzo de 2025. Este impuesto, establecido en los artículos 39 y 40 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, contempla una tasa base del 30%, más una sobretasa variable según el precio del crudo.
De acuerdo con las reglas publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), si el precio del petróleo se encuentra por debajo de los 57.8 dólares por barril, Pemex pagará menos de la tasa del 30%. En contraste, si el precio supera dicho valor, el porcentaje será mayor.
La SHCP señaló que estas medidas buscan precisar y establecer el alcance en la forma de cálculo, así como el ajuste del impuesto. Según el acuerdo, “es necesario precisar los métodos que se utilizarán para determinar el derecho, asegurando claridad y transparencia”.
Además, Hacienda fortalecerá su supervisión administrativa, exigiendo a Pemex reportes anuales y trimestrales sobre inversiones, costos y gastos en cada campo de extracción, incluyendo proyecciones para los dos ejercicios fiscales siguientes. La dependencia también podrá requerir información adicional, como datos relacionados con devoluciones, descuentos o bonificaciones, que impacten el cálculo del impuesto.
Esta normativa introduce un nuevo nivel de control en el cálculo del Derecho Petrolero para el Bienestar, destacando la importancia de la transparencia fiscal en el sector energético mexicano. Pemex, como principal actor en este ámbito, deberá adaptarse a las exigencias de supervisión y a las variables de precio que determinarán el pago del impuesto.