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CRE concede “vía libre” a Pemex para vender gasolina y diésel a empresas mayoristas

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) dejó sin efectos el acuerdo A/057/2018, el cual le impedía a la empresa subsidiaria Pemex Transformación Industrial (TRI) ofrecer precios preferenciales a clientes gasolineros que le compraran mayor volumen de combustible por un periodo considerable de tiempo.

Sin detallar las implicaciones de su decisión, el organismo que preside Vicente Melchi, revirtió una medida asimétrica que obligaba a Pemex TRI ofrecer precios competitivos en sus ventas de primera mano (VPM) a empresas gasolineras, sin discriminación por volumen y trasladando descuentos obtenidos por compras mayoristas en el extranjero.

El acuerdo, emitido hace un año bajo la presidencia de Guillermo García Alcocer, establecía que Pemex TRI reflejara el descuento que obtenía por las compras de gasolina y diésel a los refinadores de Estados Unidos, conocidos como Renewable Volume Obligations (RVO), a pequeños jugadores sin acceso al mercado internacional.

Con la nueva disposición del regulador energético, ahora Pemex TRI será libre para condicionar la contratación de otros productos o servicios ofertados, además de que la escala de descuentos ahora podrá ser la misma tanto para VPM como para terminales de almacenamiento. Además, Pemex ya no estará obligada a publicar en su portal electrónico y sistema de información de la CRE los criterios para dar dichos descuentos.

“Ante el cambio, Pemex decidirá a quién y a cuántos vender el producto al mejor interés de la empresa. Esto ocasionará que decida a cuánto venderá en función del volumen y condiciones contractuales que celebren con privados”, comentó el analista energético de Caraiva y Asociados, Ramsés Pech, que entre otras cosas, señaló que “esta decisión ocasionará que algunas estaciones de servicio puedan reducir ventas o cerrar, ante no tener una ventaja competitiva en el mercado”.

Los comisionados también aprobaron un aplazamiento en la aplicación de las especificaciones sobre el contenido de aromáticos en las gasolinas dentro de la NOM-016-2016 que regula lo relacionado a los petrolíferos en general. El regulador tampoco explicó los alcances sobre esta resolución. Pero la norma establece que el contenido de aromáticos en las gasolinas en las zonas metropolitanas de Guadalajara y Monterrey debe disminuir de 32% a 25% a partir del 1 de enero de 2020, una restricción que ya se tiene en la zona metropolitana del Valle de México.

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Edición 204 / Junio 2025

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