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Preocupa a la ANIQ modificación a la interpretación de “Necesidades propias” para el Sector Eléctrico solicitada por la CRE


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El pasado 13 de diciembre de 2021, la CRE envió a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (“CONAMER”) el Anteproyecto para modificar el Acuerdo Núm. A/049/2017 de la Comisión Reguladora de Energía (la “CRE”) por el que se emite el criterio de interpretación del concepto «necesidades propias».

El anteproyecto considera la modificación de conceptos como Capacidad Instalada Neta, Capacidad Instalada y Grupo de Interés Económico, deroga los conceptos de Empresa de Generación y Carga Local del Contrato de Interconexión; así mismo modifica los criterios de interpretación para Necesidades Propias, Abasto Aislado e indica aspectos generales aplicables a este último.

Derivado de lo anterior, la ANIQ manifestó su preocupación por el cambio planteado por la CRE y emitió los comentarios correspondientes ante la CONAMER entre los cuales se indica que el Anteproyecto restringe derechos e incrementa obligaciones de particulares al restringir la participación societaria al modificar el concepto de “Grupo de Interés Económico” y prohibir que las Centrales Eléctricas y Centros de Carga en Abasto Aislado con o sin interconexión o conexión al Sistema Eléctrico Nacional convivan con Unidades de Central Eléctrica incluidas en un Contrato de Interconexión Legado.

Al igual que la ANIQ, otras asociaciones y empresas manifestaron su preocupación debido a la afectación que la modificación conlleva, comentarios que fueron respondidos por la CRE el 21 de diciembre.

A pesar de lo anterior, El pasado 31 de diciembre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo mediante el cual se modifica el Acuerdo Núm. A/049/2017 por el que se emite el criterio de interpretación del concepto Necesidades Propias, establecido en el artículo 22 de la Ley de la Industria Eléctrica, y por el que se describen los aspectos generales aplicables a la actividad de Abasto Aislado.

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