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CENAGAS publica segunda convocatoria para suministro de gas natural del SISTRANGAS

El Centro Nacional de Control del Gas Natural (CENAGAS), en su carácter de gestor independiente del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (SISTRANGAS) publicó la Segunda Convocatoria para recibir propuestas de suministro de gas natural para balanceo del SISTRANGAS.

De conformidad con los artículos 62, fracción IV, y 66 de la Ley de Hidrocarburos (la Ley), el CENAGAS en su carácter de Gestor Independiente del SISTRANGAS es el responsable de asegurar el balance y operación de dicho Sistema para contribuir con la continuidad del suministro del Gas Natural en territorio nacional.

Asimismo, de conformidad con el Decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control del Gas Natural (el Decreto), en su artículo Cuarto, fracciones VI y VIII, el Centro tiene como facultades: (i) realizar o instruir a Permisionarios que formen parte del SISTRANGAS, a realizar compras y ventas de Gas Natural, únicamente en casos de emergencia operativa, caso fortuito o fuerza mayor, o cuando ello resulte indispensable para mantener el balance y la operación del SISTRANGAS, y (ii) administrar el balance diario del Sistema.

Durante diciembre de 2019 y enero de 2020, el CENAGAS celebró la Convocatoria para Recibir Propuestas de Suministro de Gas Natural para Balanceo del SISTRANGAS; como resultado, ocho (8) Propuestas de Suministro fueron objeto para formalizar un Contrato de Suministro de Gas Natural para Balanceo del SISTRANGAS.

Por lo anterior, con el propósito de incrementar el número de Contratos de Suministro de Gas Natural para Balanceo del SISTRANGAS, promoviendo la diversificación de las fuentes de Suministro a fin de adquirir Gas Natural para Balanceo bajo condiciones de mercado competitivas, el CENAGAS pone a disposición de los interesados en suministrar Gas Natural para balanceo al SISTRANGAS, lo siguiente:

Anexos:

Es importante señalar que la Secretaría de la Función Pública, mediante oficio número UNCP/309/NA/797/2016, emitió su opinión en el sentido de que la compra de Gas Natural y servicios, a fin de mantener y asegurar el balance y operación del SISTRANGAS, se encuentran regulados por la Ley y el Decreto, por lo que dichas operaciones no se encuentran sujetas a las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por medio del oficio número UNCP/700/TU/AD/032/2020, emitió opinión en el sentido de que dichas operaciones no se encuentran sujetas a las disposiciones de la LAASSP.

Por lo anterior, la prestación de los servicios de Suministro de Gas Natural para Balanceo del SISTRANGAS que resulten, con motivo de la presente Convocatoria, se formalizarán a través de un Contrato de Suministro de Gas Natural, el cual se regirá por lo dispuesto en la Ley, el Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos y el Decreto, formando parte integrante de esta Convocatoria el modelo de Contrato, como Anexo.

Aviso a Permisionarios Comercializadores que cuentan con un Contrato de Suministro de Gas Natural para Balanceo del SISTRANGAS

El CENAGAS convoca a su vez a los Permisionarios Comercializadores que cuentan con un Contrato de Suministro de Gas Natural para Balanceo del SISTRANGAS, a regirse bajo los términos establecidos en la Segunda Convocatoria para recibir Propuestas de Suministro de Gas Natural para Balanceo del SISTRANGAS, mediante la celebración del convenio modificatorio al Contrato de Suministro de Gas Natural para Balanceo del SISTRANGAS existente.

Aviso general a los interesados

Con motivo de la contingencia sanitaria ocasionada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y en apoyo a las medidas de prevención recomendadas por el Gobierno Federal, se hace de su conocimiento que se priorizará la entrega de documentación por los medios electrónicos establecidos en la presente Convocatoria o mediante servicios de entrega por paquetería.

Lo anterior, sin perjuicio de que, una vez finalizada la contingencia sanitaria, se deberá formalizar la entrega de forma física.

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