Todas las evaluaciones de sistemas de control volumétrico deben realizarse de manera presencial en las instalaciones del contribuyente, reiteró la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) a través de un comunicado.
De acuerdo con la entidad, la disposición aplica a todas las Unidades de Inspección acreditadas, conforme a lo establecido en el anexo 31 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal, que especifica que el procedimiento debe seguir tres etapas: análisis documental, levantamiento de información en sitio y procesamiento de datos para emitir conclusiones.
En este sentido, la EMA subrayó que no está permitido realizar verificaciones a distancia ni mediante herramientas remotas o tecnologías de la información (TICs), puesto que «cualquier modalidad distinta compromete la confiabilidad del proceso, la calidad de la información obtenida y el cumplimiento con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal”.
El organismo indicó además que este criterio técnico debe aplicarse sin excepción, ya que respalda la validez normativa de los servicios ofrecidos. También advirtió que realizar las actividades fuera de campo puede generar interpretaciones erróneas y afectar tanto a los usuarios como a las propias Unidades de Inspección.
La EMA llamó a reforzar el cumplimiento de esta obligación para garantizar la calidad técnica y el apego a los requisitos fiscales vigentes.






