El Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025 establece los criterios técnicos y fiscales que deben cumplir los sistemas de medición utilizados en el manejo de hidrocarburos y petrolíferos. Este documento, validado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), aplica tanto a empresas que comercializan como a aquellas que utilizan estos productos para consumo interno, sin distinción de permisos regulatorios.
Entre sus disposiciones se incluye la obligación de contar con equipos calibrados, bitácoras operativas, y sistemas que permitan el registro volumétrico diario y mensual. La información debe integrarse en formatos digitales compatibles con la fiscalización, y estar respaldada por normas como NOM, NMX, API, ASTM e ISO, lo que garantiza uniformidad en la operación y facilita la supervisión por parte de las autoridades.
El cumplimiento del Anexo 30 no depende del giro comercial, sino de los volúmenes manejados. Empresas que superen ciertos umbrales de consumo mensual o anual deben implementar controles certificados, incluso si no cuentan con permisos de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) o la Comisión Nacional de Energía (CNE). Esta medida busca asegurar trazabilidad y control fiscal en toda la cadena energética.
En este proceso, firmas como Calpro, Dynatics y Petroshark han participado en el desarrollo e implementación de soluciones técnicas que permiten cumplir con los requisitos del Anexo 30. Su experiencia ha sido clave para integrar sistemas de medición confiables, compatibles con los estándares exigidos por el SAT, y adaptables a distintos entornos operativos dentro del sector energético.






