El cierre fiscal representa un momento clave para las empresas que manejan, distribuyen o consumen hidrocarburos y petrolíferos. Aunque el cumplimiento del Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal es obligatorio desde hace varios años, persiste un alto índice de rezago entre contribuyentes, especialmente en el segmento de autoconsumo, como flotillas, maquinaria industrial y procesos internos.
Especialistas de Verifigas advierten que muchas compañías aún desconocen que el Anexo 30 no solo aplica a estaciones de servicio, sino también a cualquier empresa que utilice combustibles en sus operaciones. Además, subestimar el cumplimiento técnico de los sistemas de control volumétrico o postergar la verificación puede derivar en multas económicas, suspensiones temporales e incluso revocación de permisos por parte de la ya extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE).
“El SAT ha sido claro: los controles volumétricos son un instrumento de fiscalización estratégica que permite verificar la trazabilidad y detectar irregularidades”, señaló Gabriel Rosas, director de operaciones de Verifigas. Para 2026, se prevé que las sanciones sean más directas, con inspecciones físicas y cruces automatizados de información para detectar discrepancias en los reportes.
El Anexo 30 aplica a estaciones de servicio, centros de distribución, terminales de importación/exportación, plantas de autoconsumo y comercializadores de combustibles. Todos deben contar con un sistema certificado y verificado por una Unidad de Inspección acreditada por la EMA, como lo establece la normativa vigente.
La firma encabezada por Pedro Aguirre Portilla subraya que iniciar el proceso de verificación demuestra voluntad de cumplimiento ante la autoridad. Además, insiste en que cada inspección debe realizarse con apego técnico a la Resolución Miscelánea Fiscal, garantizando transparencia, legalidad y seguridad operativa en el sector energético.






