El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró por unanimidad la inconstitucionalidad del cobro de impuestos por licencias de construcción y remodelación de pozos de hidrocarburos impuesto por el municipio de Castaños, Coahuila. La decisión, basada en el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, resalta que dicho cobro invade las facultades exclusivas de la federación en materia de recursos naturales.
El municipio estableció un costo de 61,007.69 pesos por cada autorización, conforme al artículo 21, fracciones 15 y 16 de su Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2024. La SCJN subrayó que la competencia para regular y explotar recursos como los hidrocarburos corresponde únicamente al ámbito federal, según lo estipulado en la Constitución.
La ministra Loretta Ortiz apoyó la resolución al reconocer que, si bien los municipios tienen facultades para requerir permisos de construcción, en el caso de infraestructuras destinadas a la extracción de hidrocarburos, estas competencias deben respetar las normativas federales.
Este fallo invalida específicamente las fracciones 15 y 16 del artículo 21 de la Ley de Ingresos de Castaños, publicada el 22 de diciembre de 2023, y se notificará al Congreso de Coahuila sobre la invasión de facultades detectada.
La decisión de la SCJN refuerza el principio de que la regulación de recursos naturales estratégicos como los hidrocarburos debe ser uniforme y exclusiva del gobierno federal, evitando conflictos de competencia que puedan afectar la aplicación eficiente de políticas públicas en este ámbito crucial para el país.
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