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Zama sí es un yacimiento compartido por Talos y Pemex: CNH

En el marco de la 19ª Sesión Extraordinaria del Órgano de Gobierno de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), a solicitud de la Secretaría de Energía (SENER), la Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión de la Comisión, elaboró un Dictamen Técnico con la finalidad de presentar la ubicación geográfica de un posible Yacimiento Compartido en el Campo Zama y evaluar la conectividad hidráulica a lo largo de dos Áreas (Área Contractual CNH-R01-L01-A7/2015 y Área de la Asignación AE-0152-Uchukil).

El Área contractual CNH-R01-L01-A7/2015 fue licitada y otorgada en un contrato de producción compartida al consorcio encabezado por Talos Energy Offshore Mexico 7 (operador), mientras que la Asignación AE-0152-Uchukil, pertenece a Pemex Exploración y Producción. Las actividades amparadas en ambos casos son la exploración y extracción en toda la columna geológica.

La Unidad Técnica de Extracción y su Supervisión, explicó que el objeto del estudio consistió en “definir la conectividad hidráulica como una propiedad que indica el nivel de comunicación entre las zonas de un yacimiento”, considerando para su determinación los componentes estáticos y dinámicos disponibles, presentados como parte del Acuerdo Preliminar de Unificación (APU), firmado por las partes el 18 de septiembre de 2018.

Conforme al APU, se considera que, el posible yacimiento compartido, se encuentra en la formación de edad Mioceno superior, con un área de unificación de 69.43 km², en un tirante de agua de ~150 metros y una profundidad de ~2,977.9 metros verticales bajo el nivel medio del mar (mvbnmm).

Conforme a la información disponible en la CNH, en el área objeto de la unificación, Talos tiene autorizados cuatro pozos perforados: tres delimitadores (Zama-2DEL, Zama-2DEL ST01 y Zama-3DEL) y uno exploratorio (Zama-1SON), mientras que Pemex, en la Asignación AE-0152-Uchukil, aún no perfora ninguno.

Para este caso, la CNH realizó varios análisis: de las presiones de poro del yacimiento; de las características de las zonas estudiadas en el pozo Zama-2DEL ST01 (información petrofísica), en las que se observa alto grado de intercalación; los resultados de producción y medición de las pruebas, DST-1 a, DST-1b y DST-2, así como el análisis del radio de la investigación en el yacimiento.

Derivado de dichos análisis, la CNH concluyó que “se confirma la ubicación geográfica y quedó demostrado que, en la Zona 3 del pozo Zama-2DEL ST01 (intervalo de 3,129.4 a 3,166.0 mvbnmm), el posible Yacimiento Compartido tiene conectividad hidráulica entre las áreas del Contrato CNH-R01-L01-A7/2015 y la Asignación AE-0152-Uchukil, considerando para ello las características estáticas y dinámicas disponibles”.

La CNH atiende con este Dictamen la solicitud de la SENER, que es la instancia facultada para “instruir la unificación de yacimientos compartidos y aprobar los términos y condiciones del acuerdo de unificación”, conforme a los Lineamientos que establecen dicho procedimiento, publicados el 15 de marzo de 2018, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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