Como ya sabemos, desde el inicio de 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado cambios significativos en los reportes de controles volumétricos de hidrocarburos. Las empresas ahora deben llevar un registro detallado de los volúmenes de entrada, salida y existencias de estos productos. Esto incluye tanto los hidrocarburos como los petrolíferos, y debe estar respaldado por los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o los pedimentos correspondientes, si se trata de compras de importación.
¿Qué Cambió en los Anexos 30, y 31 a partir del 2022?
La modificación más importante a partir de ese año es la actualización de los Anexos 30, y 31 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), que regula cómo las empresas deben cumplir con las normativas de control volumétrico y calidad de hidrocarburos. Las actualizaciones de estos anexos han traído consigo nuevas obligaciones, que incluyen:
- Instalen equipos y sistemas para reportar controles volumétricos: Los dispositivos deben cumplir con los estándares técnicos establecidos por la autoridad fiscal y contar con inspecciones periódicas por terceros autorizados.
- Transmitan información en tiempo real: Los sistemas deben estar conectados a las plataformas de la autoridad fiscal, permitiendo un monitoreo continuo de los volúmenes registrados.
- Conserven registros: La normativa requiere la conservación de datos por un periodo mínimo, garantizando la trazabilidad en caso de auditorías.
Cambios en la resolución de la miscelánea fiscal para 2025
Es importante recalcar que la resolución de la miscelánea fiscal se emite año con año, esto significa que las disposiciones emitidas pueden variar año con año. Uno de los cambios más significativos respecto a la resolución de la miscelánea fiscal para 2024 respecto a la 2025 es el siguiente:

Nuevas Obligaciones para Empresas de Gas Natural
Otro de los aspectos clave que trae consigo la actualización de la RMF 2025 es la inclusión de nuevas obligaciones para aquellas empresas que operan con gas natural para autoconsumo. Aunque estas no forman parte de la cadena de suministro de gas, deben ahora cumplir con ciertos requisitos similares a los de las empresas de hidrocarburos, en cuanto a los reportes volumétricos y la certificación de los sistemas de medición. Esto afecta a las instalaciones fijas que reciben gas natural para su uso propio.
Consecuencias legales de no cumplir con las nuevas normas
El incumplimiento de estas nuevas normativas puede traer consigo serias consecuencias legales para las empresas. En primer lugar, las sanciones pueden incluir multas que van desde el 10% hasta el 50% del valor de los productos no reportados correctamente, o incluso la suspensión temporal de actividades hasta que se regularice la situación. Además, en caso de no presentar los reportes volumétricos, las autoridades fiscales podrían iniciar auditorías que involucren a la empresa en un proceso largo y costoso.
A medida que se aplican estas nuevas normativas, el SAT se encuentra cada vez más enfocado en garantizar que las empresas del sector energético se ajusten a los requerimientos fiscales establecidos. El no hacerlo no solo puede resultar en multas, sino también en una pérdida de confianza por parte de clientes y proveedores, lo que afectaría directamente las operaciones comerciales.
¿Cómo prepararse para evitar sanciones?
Para evitar caer en estos problemas legales, las empresas deben tomar medidas inmediatas para actualizar sus sistemas de control volumétrico y asegurarse de que todos los informes y certificaciones estén al día. Si tienes dudas o necesitas más información sobre cómo cumplir con estos nuevos requisitos, te invitamos a registrarte al webinar gratuito que organizaremos el próximo 17 de febrero, donde expertos en la materia detallarán todos los cambios y cómo adaptarse a ellos.
Puedes registrarte en el sitio de Verifigas: www.verifigas.com
Mantente informado y evita problemas legales que puedan afectar tu operación. ¡No dejes pasar el tiempo y asegúrate de cumplir con todas las disposiciones fiscales!
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