Al cierre de octubre pasado, la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee) concluyó el proceso de aprobación de leyendas 2021 de las empresas suministradoras de energía eléctrica, según lo establecido en la Ley de Transición Energética, a fin de incentivar el uso eficiente de la energía y sus beneficios en la preservación del medio ambiente.
Con lo anterior, esta Comisión cumplió al 100% la meta correspondiente de su Plan Anual de Trabajo del presente año, aprobando la propuesta de leyendas de 27 empresas suministradoras, mismas que se incluirán en sus recibos de pago o facturas en el ejercicio 2022.
En este proceso nuevamente contó con la propuesta y cumplimiento de los suministradores del Estado: CFE Suministrador de Servicios Básicos y CFE Calificados.
La Ley de Transición Energética (LTE) señala en su artículo 104 que la Conuee es responsable de aprobar las leyendas para incentivar el uso eficiente de la energía y sus beneficios en la preservación del medio ambiente, mismas que deben proponer los suministradores de energía que se encuentran en operación dentro del país. Los mensajes deben ser incluidos en los recibos de pago o facturas que se expedirán el año siguiente, es decir, durante 2022.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de la LTE (RLTE), el proceso a seguir para la aprobación de las leyendas comprende cuatro etapas:
- Envío de la lista de suministradores en operación, por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a la Conuee;
- Contacto de la Conuee con los suministradores identificados por la CRE para exhortarlos a enviar sus propuestas de leyendas durante el mes de octubre del año en curso;
- Los suministradores envían a la Conuee las propuestas de leyendas; y
- La Conuee revisa propuestas y puede solicitar, por única ocasión, modificaciones, o bien aprobar la propuesta de leyendas.
Es importante mencionar que esta atribución no es nueva para la Conuee. Sin embargo, los sujetos obligados aumentaron en la transición de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía a la LTE. Hasta 2015, los sujetos obligados eran los organismos públicos o empresas del sector energético y desde 2016 los sujetos obligados de la LTE fueron los suministradores eléctricos regulados.