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SAT debe informar sobre devolución de IVA a titulares de contratos de extracción de hidrocarburos en 2018

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe entregar versión pública de 16 resoluciones emitidas respecto de solicitudes de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA), presentadas por titulares de contratos de extracción de hidrocarburos durante 2018, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Oscar Guerra Ford afirmó que la importancia de transparentar las resoluciones de devolución del IVA recae en conocer el desempeño del SAT en este tipo de procedimiento contemplado en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

“La transparencia puede contribuir a identificar cualquier indicio de corrupción que pudiese haber en este tipo de operaciones, ya que como hemos sabido esto ha ocurrido en los años recientes, tanto en nuestro país, como en varios países de América Latina y en el resto del mundo. Han sido diversos los casos de corrupción ligados a empresas dedicadas a la actividad energética, principalmente en el área de hidrocarburos, simplemente por decir uno y el más famoso, el caso Odebrecht”, apuntó.

Guerra Ford subrayó que el propósito de dar a conocer información como ésta es transparentar la toma de decisiones de las autoridades, protegiendo la información confidencial y patrimonial de los contribuyentes.

Un particular requirió el número de solicitudes de devolución del IVA presentadas por titulares de contratos de extracción de hidrocarburos en 2018, el monto total solicitado en devolución, el monto devuelto a los contribuyentes que los solicitaron y la versión pública de las resoluciones a las solicitudes de devolución.

El SAT, a través de la Administración Central de Verificación de Hidrocarburos, señaló que cuenta con 19 solicitudes relacionadas con el requerimiento de información, que ascienden a un monto total solicitado de 261 millones 448 mil 985 pesos; del cual el monto devuelto corresponde a 50 millones 777 mil 221 pesos. Asimismo, refirió que actualmente se encuentran en proceso tres solicitudes recibidas en 2018, por un monto de 152 millones 675 mil 44 pesos.

Por otra parte, clasificó como confidencial, por secreto fiscal, las resoluciones de las solicitudes de devolución.

Inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Guerra Ford advirtió que las resoluciones emitidas por el SAT, en relación con solicitudes devolución de saldos a favor de IVA a titulares de contratos de extracción de hidrocarburos, contienen información que documenta decisiones y actos de autoridad concluidos, así como el ejercicio de las facultades o actividades de los servidores públicos, por lo que dentro de dichas resoluciones existe información pública.

Además, mediante el alcance el sujeto obligado puso a disposición del particular versión pública de las 16 resoluciones recaídas a las solicitudes de devolución del IVA presentadas en el año 2018.

Sin embargo, el SAT informó que en las versiones públicas testaría varios datos, entre los cuales hay algunos que deberán ser proporcionados, como el número de oficio y número de control.

En ese sentido, Guerra Ford apuntó que únicamente se podrán clasificar como confidenciales los datos protegidos por el secreto fiscal que son el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social del contribuyente, datos del representante legal, domicilios, cantidades, código QR y cadena original.

“Lo que estamos ordenando, adicional a lo que ya se dio, es que se pueda dar el número de oficio, pero sobre todo que en estas resoluciones no se testen los motivos y fundamentos que llevaron a declararlas como resoluciones favorables para devolver el IVA”, concluyó el comisionado.

Por lo anterior, el Pleno del INAI determinó modificar, por unanimidad, la respuesta del SAT y le instruyó a proporcionar al particular versión pública de las 16 resoluciones recaídas a las solicitudes de devolución del IVA presentadas por titulares de contratos de extracción de hidrocarburos en 2018, en las que se deberán testar los datos relativos al RFC, razón o denominación social del contribuyente o terceros relacionados, representante legal, domicilios, cantidades aportadas por el contribuyente para emitir la resolución de devolución, código QR y cadena original.

-o0o-
Sujeto obligado: Servicio de Administración Tributaria
Folio de la solicitud: 0610100009519
Expediente: RRA 1683/19
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford

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