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Reprueba ONEXPO castigar con cárcel fallas en gasolineras

Ante la aprobación por parte de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados del dictamen de las iniciativas que reforman y adicionan el Artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y un párrafo del Artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburos, que propone la prisión preventiva oficiosa para sancionar conductas involuntarias y no dolosas, o fallas a consecuencia de la operación cotidiana de las estaciones de servicio, la Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (ONEXPO) considera que aplicar la prisión preventiva oficiosa a empresarios gasolineros legalmente constituidos como medida para garantizar la comparecencia de personas imputadas en un juicio, carece de justificación, ya que el imputado no tiene la capacidad de sustraerse de la acción de la justicia, ni manifiesta una conducta que haga presumible su riesgo social, equiparable a la delincuencia organizada.

Por medio de un comunicado, los empresarios gasolineros aceptaron que están conscientes de que deben aplicarse medidas dirigidas a combatir y evitar la sustracción ilícita y el robo de hidrocarburos en la parte de la cadena de producción, almacenamiento, distribución y transporte de hidrocarburos propiedad de PEMEX, sin embargo, lamentaron que el Dictamen presentado pretenda equiparar las fallas técnicas y alteraciones no dolosas ni intencionales de los sistemas de medición o de la calidad de los combustibles con acciones propias del mercado ilícito de combustibles, conocido como “Huachicol”.

“Las fallas y errores involuntarios y no dolosos de funcionamiento en sistemas de medición –y que las propias autoridades conocen- ocurren y suelen presentarse en el funcionamiento de equipos e instrumentos diversos, entre otros casos por la instalación de sistemas de recuperación de vapores ordenada por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) o por fallas intrínsecas como el desgaste de unidades de medición, disfunciones por descargas eléctricas y otros factores que provocan errores no dolosos en instrumentos sujetos a verificación metrológica oficial”, señala la carta.

Para el organismo, el orden jurídico nacional está estructurado mediante regulaciones y normas que prevén y sancionan las conductas indebidas o ilícitas tanto en materia administrativa como penal, de tal manera que, el sector de las empresas dedicadas al expendio de combustibles está sujeto a las obligaciones que determina la Secretaría de Economía, a través de la Dirección General de Normas, de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO); la Comisión Reguladora de Energía (CRE), la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Sistema de Administración Tributaria(SAT), quienes mantienen una permanente vigilancia y supervisión al sector gasolinero.

“En Onexpo Nacional consideramos que únicamente mediante el mejor conocimiento y el uso de información de inteligencia y el trabajo en conjunto de todos los sectores involucrados y de diversas instancias y entidades de gobierno, podrá reducirse hasta su total eliminación el robo de combustibles y el mercado ilícito de hidrocarburos líquidos. Lamentamos que varias de las reformas propuestas puedan resultar en un ejercicio adicional de sobrerregulación, que proyecten incertidumbre y desconfianza. La alteración involuntaria y no dolosa de sistemas de medición, de calidad y entrega inferior de los combustibles en las estaciones de servicios son conductas que no deben ser incorporadas en la reforma como delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa”, concluye el comunicado.

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